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Para empresas y autónomos

Préstamo con garantía hipotecaria para empresas.

Capital cuando lo necesitas, con plazos coherentes con la operación y un análisis que entiende la lógica empresarial. Sociedades mercantiles, autónomos y profesionales.

Para qué se utiliza un préstamo hipotecario empresarial

Las operaciones empresariales rara vez encajan en el calendario de la banca tradicional. Una compra-venta urgente, una oportunidad de inversión, un gap de tesorería puntual, una refinanciación que no admite seis meses de comité. Con el inmueble como garantía, una sociedad mercantil, un autónomo o un profesional pueden acceder a capital con la rapidez y la flexibilidad que la operación pide.

  • 01
    Capital circulante. Cubrir un desfase puntual en cobros / pagos sin tirar de la línea bancaria habitual ni descubierto.
  • 02
    Oportunidad de inversión. Adquirir un activo (inmobiliario, participaciones, equipamiento) con plazo corto que no espera al ciclo bancario.
  • 03
    Refinanciación. Cancelar deuda más cara (pólizas, leasing al consumo, factoring) consolidándola en una sola operación con cuota más baja.
  • 04
    Operaciones corporativas. Compra de participaciones, salida o entrada de un socio, ampliación de capital, reestructuración patrimonial.
  • 05
    Proyectos con horizonte definido. Reformas de un local, equipamiento de una nave, expansión a un nuevo punto de venta, etcétera.

Quién puede solicitarlo

  • Sociedades mercantiles (S.L., S.A., S.L.U., cooperativas) con sede o actividad en España.
  • Autónomos y profesionales dados de alta en el RETA con actividad demostrable.
  • Comunidades de bienes, sociedades civiles, UTEs y figuras análogas.

El inmueble que actúa como garantía puede pertenecer a la propia sociedad, a un socio o a un tercero (con su conformidad expresa firmada en escritura).

Documentación habitual

Para emitir una primera valoración necesitamos la siguiente documentación corporativa, que se aporta una sola vez:

  1. Escritura de constitución y de modificaciones posteriores.
  2. Escritura de poderes vigentes del representante que firmará.
  3. CIF de la sociedad.
  4. Últimas cuentas anuales depositadas en el Registro Mercantil.
  5. Modelo 200 (Impuesto sobre Sociedades) del último ejercicio.
  6. Modelos 303 trimestrales y 390 anual del IVA.
  7. Balance y cuenta de resultados recientes (intermedios si hay).
  8. Nota simple del inmueble que actúa como garantía.
  9. En caso de autónomos: alta en el RETA, modelos 130/131 y resúmenes anuales 390 y 100.

En operaciones donde la garantía la aporta un tercero, también se solicita su documentación personal (DNI/NIE).

Cómo analizamos las operaciones empresariales

El análisis empresarial atiende a tres ejes:

  1. Garantía: valor de mercado del inmueble, situación registral, cargas previas y liquidez del activo.
  2. Capacidad de reembolso: EBITDA, generación de caja, ratio de endeudamiento y proyección razonable de la cuota.
  3. Lógica de la operación: qué se va a financiar, plazo, mecánica del repago y coherencia con la actividad de la sociedad.

No aplicamos scoring automático. Cada operación pasa por un analista propio que entiende del lado empresarial. Eso nos permite cerrar operaciones que la banca tradicional no toca por motivos de plantilla de criterios — pero que tienen una lógica clara.

Plazos y estructura típica

El plazo más habitual en operaciones empresariales con garantía hipotecaria es de 1 a 10 años, con sistema de amortización francés (cuota constante) o estructuras a medida (carencia inicial, cuotas crecientes / decrecientes, bullet final). La cuota se calcula para que sea coherente con la generación de caja del negocio.

El tipo de interés se fija en la FEIN antes de la firma. Como ocurre en todo el sector privado de préstamo con garantía hipotecaria, el coste suele estar por encima de una hipoteca residencial bancaria — pero compensa la rapidez, la flexibilidad y la disposición a operaciones que la banca no acepta.

Tiempos del proceso para empresas

Desde la primera consulta hasta la disposición de fondos:

  • Solicitud y análisis: 3–7 días laborables.
  • Tasación y oferta vinculante (FEIN): 5–10 días.
  • Formalización notarial: 7–15 días desde la aceptación de la FEIN.
  • Disposición: mismo día de la firma.

Operaciones con tasación previa o documentación completa al inicio pueden cerrar en menos de tres semanas naturales.

Preguntas frecuentes

¿Y si la sociedad tiene impagos en CIRBE?

No es un descarte automático. Se analiza el origen del impago, su antigüedad y el plan de regularización. La transparencia es lo que más ayuda: si lo cuentas tú primero, podemos valorar si la garantía y la capacidad de pago lo compensan.

¿Aplica la Ley 5/2019 a empresas?

La Ley 5/2019 protege específicamente a personas físicas consumidores. Los préstamos a sociedades mercantiles operan bajo el Código de Comercio y la libertad contractual. Aun así, mantenemos los mismos estándares de transparencia precontractual y de información detallada por convicción profesional, no solo por obligación legal.

¿Pueden firmar varios apoderados a la vez?

Sí. La escritura puede recoger firmas mancomunadas si los poderes así lo exigen. Te indicaremos antes qué representantes deben comparecer ante notario.

¿Mantenéis confidencialidad sobre la operación?

Sí. Tratamos cada operación con discreción profesional. Únicamente se comparten datos con los intervinientes legalmente necesarios (notario, registrador, tasador) y bajo las obligaciones del RGPD.

Particulares

Si la operación es a título personal, consulta la página específica de préstamo con garantía hipotecaria para particulares: requisitos, documentación y casos de uso son distintos.

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